Vicealcaldesa

Está aquí: 

Su base legal se encuentra sustentada en el articulo 66 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.

Maria Yolanda Jacobo
Teléfono: (809) 529 – 5578 Extensión 224


Funciones de la Vice-Alcaldesa

Según lo indica el artículo 66 de la ley 176-07, la vicealcaldesa ejercerá sus funciones bajo la dirección y supervisión del Alcalde. Le corresponderá sustituir al Alcalde en los casos de ausencia temporal o definitiva del mismo, y desarrollará las actividades y actuaciones que el Alcalde le delegue y confiera.

 

 

 

 

Otras atribuciones que le corresponden son :

I- Asistir a la Alcaldia según lo establecido por las leyes, resoluciones y reglamentos del Distrito Nacional.
II- Dar seguimiento a los proyectos específicos asignados por la Alcaldia.
III- Brindar atención a la ciudadanía y facilitar los servicios que estén a disposición del Cabildo.
IV- Representar a la Alcaldia en todos los actos sociales, políticos y económicos, nacionales e internacionales.